- 31 julio, 2019
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El Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), es un instrumento de planificación para las acciones, mecanismos, estrategias y medidas, que deben adoptar de manera obligatoria las diferentes entidades públicas o privadas, para evitar y reducir la accidentalidad de los integrantes de sus organizaciones y disminuir los efectos de los accidentes de tránsito, el cual se creó en la Ley 1503 de 2011 y fue reglamentada por el decreto 2851 de 2013.
¿Por qué surge?
Debido a que la principal causa de muerte de jóvenes entre los 19 y 25 años es por accidentes de tránsito y el mayor porcentaje de accidentes laborales es por esta misma razón. Por tanto, se busca promover la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía, con mayor razón ahora cuando el parque automotor registrado en Colombia asciende a más de 11,2 millones.
¿Quiénes lo deben implementar?
Todas las empresas que para el cumplimiento de sus fines misionales o en desarrollo de sus actividades posean, fabriquen, ensamblen, comercialicen, contraten o administren flotas de vehículos automotores y no automotores, sumados superen diez (10) y/o que por otra parte, contraten o administren personal de conductores, deberán cumplir de manera obligatoria con lo establecido en las normas anteriormente mencionadas.
Sin embargo, la reglamentación no se limita a las empresas, también se refiere a la importancia y los lineamientos de la enseñanza de la educación vial desde el preescolar, la educación media y superior, pasando por el sector comunitario y llegando al sector empresarial como un actor clave en la protección de los conductores.
¿Cuáles son las líneas de acción del PESV?
La ley definió unos pilares o ejes de actuación para ordenar la creación de los planes estratégicos de seguridad vial, de este modo las acciones quedarán enmarcados en las siguientes esferas:
- Fortalecimiento de la gestión institucional
- Comportamiento humano
- Vehículos seguros
- infraestructura segura
- Atención a víctimas.